NARIÑO - ONGs
PASTO, NARIÑO, COLOMBIA
FUNDACION JURIDICA POPULAR DE COLOMBIA
O.N.G.
Calle 16 No. 22 A 40 of. 204 C.C. ARAZA
EN ACCION POPULAR
CONDENAN A ECOPETROL, ALCALDIA DE PASTO Y EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE GAS GLP
COMO UN APORTE AL TEMA "NUEVA ESCASEZ DE GAS AMENAZA A PASTO", NOS PERMITIMOS INFORMAR QUE EL JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO DE PASTO, EN LA ACCION POPULAR 2008=180 INSTAURADA POR LA FUNDACION JURIDICA POPULAR, EMITIO SENTENCIA, CON FECHA 16 DE ABRIL DE 2009, EN LA CUAL DECLARA RESPONSABLES DE LA VULNERACION DE LOS DERECHOS COLECTIVOS, AL ACCESO DE LOS SERVICIOS PUBLICOS Y A QUE SU PRESTACION SEA EFICIENTE Y OPORTUNA, A ECOPETROL, MUNICIPIO DE PASTO Y A LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE GAS GLP EN LA CIUDAD.
EN CONSECUENCIA, ORDENA A ECOPETROL TOMAR TODAS LAS MEDIDAS PERTINENTES PARA EVITAR SITUACIONES DE ESCASEZ DE GAS COMO LAS QUE SE HAN PRESENTADO, E IGUALMENTE, AL CONCEJO MUNICIPAL IMPLEMENTAR LA APLICACION DEL ACUERDO DE 2006 SOBRE LA INSTALACION DE LAS BALANZAS, ASI COMO A LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE GAS Y AL MUNICIPIO, PARA GARANTIZAR EL PESO EXACTO Y PRECIO UNIFORME DE LOS CILINDROS.
LA SENTENCIA ORDENA CONFORMAR UN COMITE DE VERIFICACION CON LA PARTICIPACION DE LA ALCALDIA, DEFENSORIA DEL PUEBLO, PERSONERIA Y UN REPRESENTANTE DE LOS USUARIOS DEL SERVICIO PUBLICO, PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL ORDENAMIENTO JUDICIAL.
ES UN FALLO HISTORICO, QUE GARANTIZA EL ACCESO A LOS SERVICIOS PUBLICOS, EN ESTE CASO EL GAS GLP, Y A QUE SU PRESTACION SEA EFICIENTE Y OPORTUNA, ADEMAS DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS. LLAMA LA ATENCION QUE LA CLASE POLITICA NO HAYA SIDO CAPAZ DE SOLUCIONAR LA PROBLEMATICA DEL GAS, Y QUE EN CAMBIO MEDIANTE UNA ACCION POPULAR SE OBLIGUE A ENTIDADES NACIONALES =ECOPETROL= , ADEMAS DE EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PUBLICOS, A CUMPLIR SU DEBER, CON RELACION A TODA LA COMUNIDAD DE USUARIOS DEL SERVICIO, PARA QUE EL GAS VENDIDO CORRESPONDA AL PESO REAL, ADEMAS DE GARANTIZARSE EL SUMINISTRO NORMAL.
DEBE ANOTARSE QUE EL DESACATO A LA SENTENCIA EMITIDA EN UNA ACCION POPULAR, SE SANCIONA HASTA CON ARRESTO DE 6 MESES, DE CONFORMIDAD A LA LEY 472 DE 1998.
ES UN PRECEDENTE JUDICIAL QUE OBLIGA A PENSAR QUE LA JUSTICIA SI OPERA Y QUE LOS CIUDADANOS CONCIENTES DEBEMOS DEFENDER NUESTROS DERECHOS A LA VEZ QUE CUMPLIR NUESTRAS OBLIGACIONES. COMO DIRIA MOCKUS: "El Imperio de la Legalidad".
Por LUIS CARLOS ESPAÑA GOMEZ.
Abogado Director FUNDACION JURIDICA POPULAR DE COLOMBIA.
Calle 16 No. 22 A 40 of. 204 C.C. ARAZA PASTO.
Para: IPITIMES.COM /NEW YORK.
Nota: Las personas interesadas en obtener copia completa de la sentencia, o mayor informacion del proceso, pueden contactarme al cel.3148927116.
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